Justificaci贸n de ausencias
De conformidad con el artículo 118 del Reglamento Autónomo de Trabajo, el colaborador deberá justificar la ausencia ante su jefe inmediato durante los tres días hábiles posteriores.
Para realizar la justificación se deberá llenar la boleta respectiva, la cual debe tener el visto bueno de la jefatura inmediata y deberá ser presentado por el interesado al Departamento de Recursos Humanos.




